Hasta antes de 1972 no existía en Colombia un ordenamiento de defensa animal estructurado. A partir de la Ley 5ª, que involucró al Estado en la gestión proteccionista mediante sus estamentos y recursos presupuestales, se dispuso la creación de Juntas Defensoras de Animales de carácter oficial y se señalaron por primera vez tipos descriptivos de actos en perjuicio de los animales, con sus respectivas sanciones. Aunque esta norma y su Decreto Reglamentario No. 497 de 1973 se encuentran actualmente vigentes, no han pasado del papel y su cumplimiento es ínfimo debido al desinterés de los Alcaldes y de los funcionarios encargados de su aplicación.
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